Garantías del Organismo Judicial es el título del Artículo 205 de la Constitución Política de Guatemala, que indica las garantías con las que se instituye Organismo Judicial (Constitución Política de la República de Guatemala, s.f.).
Las Garantías del Organismo Judicial se encuentran detalladas en el Artículo 204 de la Constitución Política de Guatemala. Éstas son (Constitución Política de la República de Guatemala, s.f.):
– La independencia funcional.
– La independencia económica.
– La no remoción de los magistrados y jueces de primera instancia, salvo los casos establecidos por la ley.
– La selección de personal.
Referencias bibliográficas
- Constitución Política de la República de Guatemala (s.f.). Tribunal Supremo Electoral. Recuperado el 4 de noviembre de 2012 de http://www.tse.org.gt/descargas/Constitucion_Politica_de_la_Republica_de_Guatemala.pdf