Luis Alberto Contreras Colindres (San Marcos, Guatemala, 7 de febrero de 1950) es un político y diputado guatemalteco al Congreso de la República de Guatemala, elegido en 2011 para un período de cuatro años -2012 a 2016- con el partido Gran Alianza Nacional -GANA- (Congreso de la República de Guatemala, s.f.).
Contreras representa al distrito del departamento de San Marcos. Fue reelecto diputado por el partido político GANA en el 2011 pero renunció a la agrupación y pasó a formar parte de la bancada de diputados del Partido Patriota -PP- (Congreso de la República de Guatemala, s.f.).
En 2015 se convirtió en diputado independiente y dejó de pertenecer al PP (El poder legislativo…, 2015).
Ha sido legislador desde el año 2008, es decir en dos períodos distintos, de aquel año a 2012 y de 2012 a 2016 (Congreso de la República de Guatemala, s.f.).
Contreras Colindres ha propuesto varias iniciativas como la número 3763 para la Ley de Apoyo al Presupuesto de los Municipios del Departamento de San Marcos, además de la iniciativa 3770 para la Ley Contra el Femicidio y otras Formas de Violencia Contra la Mujer y la iniciativa 3779 para la Ley de Implementación de Mecanismo de Regularización de Velocidad de los Vehículos de Transporte Colectivo de Carga (Congreso de la República de Guatemala, s.f.).
El político ha sido integrante de las Comisiones de Finanzas Públicas y de Vivienda dentro del mismo Parlamento (Congreso Visible, s.f.).
Referencias Bibliográficas
- Congreso de la República de Guatemala (s.f.). Luis Alberto Contreras Colindres. Guatemala. Recuperado el 6 de marzo de 2015 de: http://www.congreso.gob.gt/perfiles.php?id=158
- Congreso Visible (s.f.). Luis Alberto Contreras Colindres. Guatemala. Recuperado el 1 de abril 2015 de http://www.congresovisible.com/index.php?option=com_congress&task=detail&cman=72&Itemid=5
- Sin autor (2015). El poder legislativo, el otro poder que se reelige solo. elPeriódico. Recuperado el 15 de diciembre de 2015 de http://bdc.elperiodico.com.gt/es/20150612/pais/13569/El-poder-Legislativo-el-otro-poder-que-se-reelige-solo.htm