Presunción de inocencia y publicidad del proceso es el título de un artículo Constitución Política de Guatemala que indica que toda persona es inocente, mientras no se le haya declarado responsable judicialmente, en sentencia debidamente ejecutoriada (Constitución Política de la República de Guatemala, s.f.).
La presunción de inocencia y publicidad del proceso es el Artículo 14 del Capítulo uno de la Constitución Política de Guatemala (Constitución Política de la República de Guatemala, s.f.).
El artículo agrega que el detenido, el ofendido, el Ministerio Público y los abogados que hayan sido designados por los interesados, en forma verbal o escrita, tienen derecho de conocer, personalmente, todas las actuaciones, documentos y diligencias penales, sin reserva alguna y en forma inmediata (Constitución Política de la República de Guatemala, s.f.).
Referencias bibliográficas
- Constitución Política de la República de Guatemala (s.f.). Tribunal Supremo Electoral. Recuperado el 10 de junio de 2012 de http://www.tse.org.gt/descargas/Constitucion_Politica_de_la_Republica_de_Guatemala.pdf