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Quetzal (moneda)

(Last Updated On: octubre 21, 2015)

Imagen de algunos billetes y monedas de Guatemala. Flickr. Material publicado por Rudy A. Girón – AntiguaDailyPhoto.com, bajo la licencia CompartirIgual 2.0 Genérica).

Quetzal es la denominación que se le da a la unidad monetaria en Guatemala. El símbolo monetario del Quetzal se representa por la letra “Q”. Su emisión está a cargo del Banco de Guatemala, que conforme a la Constitución Política de la República de Guatemala se rige por su Ley Orgánica y por la Ley Monetaria. El Quetzal se divide en cien partes iguales denominadas centavos (“Banco de Guatemala“, s.f).

Emisión de la moneda

Únicamente el Banco de Guatemala puede emitir billetes y monedas dentro del territorio de la República, de conformidad con la presente Ley y con la Ley Orgánica del Banco de Guatemala. La emisión está constituida por los billetes y monedas nacionales que no estén en poder del Banco de Guatemala (“Banco de Guatemala“, s.f).

Cualquier persona distinta al Banco de Guatemala que haga circular billetes, monedas, vales, pagarés u otros documentos que contengan promesa de pago en efectivo, al portador y a la vista, o fichas, tarjetas, laminillas, planchuelas, u otros objetos, con el fin de que sirvan como moneda nacional, será sancionada, según el caso, con las penas prescritas en el Código Penal (“Banco de Guatemala“, s.f).

Los billetes y monedas nacionales que los bancos del sistema identifiquen como falsificados o falsos previa constancia al tenedor deberán ser incautados y trasladados, sin compensación alguna, al Banco de Guatemala, para los efectos correspondientes (“Banco de Guatemala“, s.f).

La impresión de billetes y la acuñación de monedas metálicas de la unidad monetaria nacional, se hará exclusivamente en las cantidades y condiciones aprobadas por la Junta Monetaria (“Banco de Guatemala“, s.f).

Denominaciones

Los billetes que se emiten son de las siguientes denominaciones: uno, cinco, diez, veinte, cincuenta, cien, doscientos, quinientos y un mil quetzales (“Banco de Guatemala“, s.f).

– El billete de un Quetzal ostentará en el anverso la efigie del general José María Orellana, y en el reverso, el edificio del Banco de Guatemala. Su color dominante es el verde.

– El billete de cinco Quetzales ostentará en el anverso la efigie del general Justo Rufino Barrios y en el reverso, una alegoría a la enseñanza. Su color dominante es el lila.

– El billete de diez Quetzales ostentará en el anverso a Miguel García Granados y en el reverso el Congreso de la República. Lo domina el color rojo.

– El billete de veinte Quetzales ostentará en el anverso la efigie del doctor Mariano Gálvez y en el reverso, una alegoría a la firma del Acta de la Independencia Centroamericana. Su color dominante es el azul.

– El billete de cincuenta Quetzales ostentará en el anverso la efigie del licenciado Carlos Zachrisson y en el reverso un cuadro alegórico al corte de café. Su color dominante es el naranja.

– El billete de cien Quetzales ostentará en el anverso la efigie del obispo y licenciado Francisco Marroquín y en el reverso, el edificio de la Universidad de San Carlos de Borromeo localizada en Antigua Guatemala. Su color dominante es el sepia.

– El billete de doscientos Quetzales ostentará en el anverso la efigie de los destacados marimbistas guatemaltecos Sebastián Hurtado, Mariano Valverde y German Alcántara, y en el reverso, la nota de la melodía La Flor del Café de German Alcántara, la Marimba Cromática de Sebastián Hurtado y la imagen de Noche de Luna entre Ruinas de Mariano Valverde.

En cuanto a las monedas, tendrán la forma de disco. El anverso de todas ellas llevará grabado el Escudo Nacional de Guatemala. En la parte superior, y en torno a este, se imprimirá la inscripción ‘República de Guatemala’ y en la inferior, en forma circular, se grabará el año de acuñación (“Banco de Guatemala“, s.f).

La moneda de un centavo incluirá la efigie de Fray Bartolomé de las Casas y las inscripciones ‘Un Centavo’ y ‘Fray Bartolomé de las Casas’. El diámetro de la moneda de un centavo es de diecinueve milímetros (“Banco de Guatemala“, s.f).

La moneda de cinco centavos ostentará el Árbol de la Libertad. En el campo lateral derecho y perfectamente visible, llevará el número cinco, seguido de la palabra ‘Centavos’ y al pie del árbol, el antiguo lema patrio: ‘Libre Crezca Fecundo’ (“Banco de Guatemala“, s.f).

La moneda de diez centavos presentará la figura de un Monolito de Quiriguá. En el campo lateral derecho y en forma perfectamente visible, el número diez, seguido de la palabra ‘Centavos’ y en la parte inferior, la inscripción ‘Monolito de Quirigua’ (“Banco de Guatemala“, s.f).

La moneda de veinticinco centavos incluirá la cabeza de una mujer indígena, y en el campo lateral derecho, en forma perfectamente visible, el número veinticinco, seguido de la palabra ‘Centavos’ (“Banco de Guatemala“, s.f).

La moneda de cincuenta centavos contendrá la flor nacional –Monja Blanca: Lycaste Skinnery Alba-. En el campo lateral derecho, en forma perfectamente visible, llevará el número cincuenta, seguido de la palabra ‘Centavos’. Por último, en el campo lateral izquierdo, la inscripción ‘Monja Blanca Flor Nacional I’ (“Banco de Guatemala“, s.f).

La moneda de un Quetzal ostentará la inscripción ‘Paz’ como parte de una paloma estilizada, con las leyendas ‘Paz Firme y Duradera‘ en la parte superior y ’29 de Diciembre de 1996’, en la parte inferior. En el campo lateral derecho, el número uno y la palabra ‘Quetzal’ (“Banco de Guatemala“, s.f).

Historia

En Guatemala, los mayas utilizaron como moneda plumas de quetzal, sal, obsidiana, piedras preciosas, jade y en especial, el cacao. La Conquista y su consolidación exigieron un sistema monetario para no retornar al trueque, para lo cual se adoptó una estructura tomando como base la moneda española (Banco de Guatemala, s.f.).

La insuficiencia en la disponibilidad de esas monedas exigió que se fabricaran piezas en distintos países de América. En Guatemala, las monedas españolas —tanto importadas como acuñadas en las casas de moneda de América (principalmente México, Bolivia y Perú)— siguieron circulando hasta las primeras tres décadas del siglo XIX (Banco de Guatemala, s.f.).

Posteriormente se acuñaron monedas de la República del Centro de América o Federación de Estados Centroamericanos. Al surgir el Estado Nacional y haber fundado la República de Guatemala, durante el Gobierno de Rafael Carrera, se creó el ‘peso’ como moneda. Este sistema incluyó piezas de oro y plata (Banco de Guatemala, s.f.).

En los últimos 30 años del siglo XIX, la introducción del sistema decimal fue compartida con el empleo de la otra estructura monetaria basada en el sistema binario. En ese lapso se emitió el ‘papel moneda’ por parte de los antiguos bancos del sistema, y hacia el final del siglo se dejó de acuñar la moneda de un peso, manteniéndose las de menor denominación (Banco de Guatemala, s.f.).

A finales de ese mismo siglo se empleó un tipo de moneda denominado ‘cédulas’, que eran diminutos billetes emitidos por las municipalidades y establecimientos comerciales para el pago de sus obligaciones (Banco de Guatemala, s.f.).

También se reglamentó la emisión de monedas privadas, a las que se llamó ‘fichas’, acuñadas anteriormente para usarse en fincas, hoteles y empresas comerciales, etcétera (Banco de Guatemala, s.f.).

Durante el gobierno de Manuel Estrada Cabrera se creó el Comité Bancario, facultado para emitir papel moneda con garantía de los valores de los bancos, y los de las rentas del tabaco, la chicha y el aguardiente, así como los bienes raíces del Estado. Además, en junio de 1900 se autorizó la emisión de moneda fraccionaria en níquel (de uno, un medio y cuarto de real).

En noviembre de 1924 y febrero de 1925 se emitió la ‘Ley Monetaria y de Conversión’ y la ‘Ley de Instituciones de Crédito’. Se consideraron dos alternativas para lograr que la moneda fuera de oro o pudiera cambiarse por oro (convertible): una, la contratación de un préstamo externo; y la otra, acumular recursos nacionales (Banco de Guatemala, s.f.).

Se decidió hacerlo con recursos nacionales. La Ley Monetaria adoptó el patrón oro y creó una nueva unidad monetaria, el Quetzal, igual a un Dólar de los Estados Unidos. La creación del nuevo signo monetario nacional dio paso a la fundación del Banco Central de Guatemala, el cual contó con la potestad de ser el único emisor de moneda, luego de que esta función estuviera confiada a varios bancos privados. Esta reforma transformó un sistema de papel moneda inconvertible en uno de estabilidad cambiaria (Banco de Guatemala, s.f.).

Con base en el tipo de cambio del dólar en los años previos, se determinó que un Quetzal equivaldría a 60 pesos. La emisión de moneda se reservó con exclusividad al Estado. Bajo ese nuevo régimen, las monedas de plata y de cobre tuvieron la función de moneda fraccionaria (al papel moneda se reservaron las denominaciones mayores) (Banco de Guatemala, s.f.).

En 1925 se acuñaron monedas de un Quetzal, mitad de Quetzal, cuarto de Quetzal, diez centavos, y cinco centavos en plata, así como monedas de un centavo en aleación de cobre. En 1926 también se emitieron monedas de 20, 10 y 5 Quetzales acuñadas a base de oro (Banco de Guatemala, s.f.).

En 1932 se introdujo en el numerario dos nuevas denominaciones, de medio centavo y dos centavos cuya aleación fue de cobre y cinc (Banco de Guatemala, s.f.).

La segunda reforma del sistema monetario y bancario de la República fue resultado de la Revolución de Octubre de 1944, de la etapa democratizadora que le siguió y del pensamiento económico prevaleciente en esa época (Banco de Guatemala, s.f.).

Partió del concepto de que la teoría del patrón oro clásico o sus nuevas presentaciones, con la subordinación de la estabilidad interna de la economía a la paridad externa de la moneda, no podrían tener correcta aplicabilidad en Guatemala. Su propósito consistió entonces en dotar al país de los órganos que procuraran el mantenimiento de la estabilidad económica interna y facilitaran el desarrollo progresivo y ordenado de la producción (Banco de Guatemala, s.f.).

A este efecto, el Congreso de la República emitió en los meses finales de 1945 el Decreto 203, Ley Monetaria y el Decreto 215, Ley Orgánica del Banco de Guatemala, las cuales sirvieron de sustento legal para el surgimiento de un sistema moderno de Banca Central (Banco de Guatemala, s.f.).

Previamente al establecimiento e inicio de actividades del nuevo banco, el Gobierno de la República y el Banco Central de Guatemala suscribieron, el 15 de junio de 1946, un convenio ad referéndum por el cual este último cesaría en sus derechos relacionados con la emisión de billetes y acuñación de moneda (Banco de Guatemala, s.f.).

A partir de ahí, el derecho de emisión sería ejercido por el Estado por intermedio del Banco de Guatemala, el cual debió asimismo asumir el pasivo correspondiente a los billetes en circulación y a los depósitos constituidos en el Banco Central de Guatemala (Banco de Guatemala, s.f.).

Con fecha 15 de septiembre de 1948, el Banco de Guatemala emite sus primeros billetes propios con nuevas características y diseños en denominaciones de 50 centavos de Quetzal, 1, 5, 10, 20, y por primera vez 100 Quetzales. También continúa con la acuñación de monedas en valores de 25, 10, 5 y 1 centavo de Quetzal (Banco de Guatemala, s.f.).

El 20 de agosto de 1964, bajo el mandato del coronel Enrique Peralta Azurdia se emitió el Decreto Ley número 265, Ley de Especies Monetarias, el cual determinó que las monedas que podrían emitirse a partir de esa fecha serían las de 50, 25, 10, 5 y 1 centavos de Quetzal, fijándole a cada una sus diferentes aleaciones, así como sus cantidades de metales, pesos, diseños, diámetros y gruesos (Banco de Guatemala, s.f.).

Por otra parte, se fijó denominaciones en billetes de 50 centavos de Quetzal, 1, 5, 10, 20, 50, 100, 500 y 1000 Quetzales, fijándole la atribución de determinar las dimensiones, dibujos y leyendas a la Junta Monetaria, de conformidad con el artículo 6 de la Ley Monetaria (Banco de Guatemala, s.f.).

El 6 de enero de 1997 se emitió el Decreto No. 139-96 del Congreso de la República, que contiene la nueva Ley de Especies Monetarias. Este decreto vino a llenar una necesidad que desde hacía años se había observado en cuanto a regular nuevas características de las especies monetarias, facilitar las operaciones comerciales en las que interviene el dinero en efectivo y, al mismo tiempo, adecuarse a la tecnología desarrollada por las casas fabricantes de moneda. En este decreto se incluyó la posibilidad de emitir billete de 200 Quetzales (Banco de Guatemala, s.f.).

La última modificación, en las características de las especies monetarias, correspondió a la establecida mediante el Decreto Número 92-98 del Congreso de la República de Guatemala, el 26 de noviembre de 1998, el cual reformó el diseño del reverso de la moneda de un Quetzal (Banco de Guatemala, s.f.).

En ese sentido, el Acuerdo de una Paz Firme y Duradera, suscrito el 29 de diciembre de 1996 entre el Gobierno de la República y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca, hecho histórico que —por su trascendencia debe permanecer dentro del contexto de la vida cotidiana del guatemalteco— quedó plasmado como motivo principal de una moneda de curso legal (Banco de Guatemala, s.f.).

Referencias bibliográficas

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