Trabajadores del Estado es el título del Artículo 107 de la Constitución Política de Guatemala, que indica que los trabajadores del Estado están al servicio de la administración pública y nunca de partido político, grupo, organización o persona alguna (Constitución Política de la República de Guatemala, s.f.).
Trabajadores del Estado se encuentra detallado en el Artículo 107 del Capítulo dos de la Constitución Política de Guatemala (Constitución Política de la República de Guatemala, s.f.).
Referencias bibliográficas
- Constitución Política de la República de Guatemala (s.f.). Tribunal Supremo Electoral. Recuperado el 10 de septiembre de 2012 de http://www.tse.org.gt/descargas/Constitucion_Politica_de_la_Republica_de_Guatemala.pdf